El contrato de alquiler es el documento que establece las reglas del juego entre el propietario y el inquilino.
Hoy queremos que conozcas tus derechos y obligaciones, tanto si eres arrendador como arrendatario.
Duración del contrato
Desde 2019, la duración de los contratos de alquiler de vivienda habitual es de cinco años, si el arrendador es una persona física, o de siete años, si es una persona jurídica.
- El contrato se puede prorrogar anualmente hasta alcanzar esa duración mínima, a menos que el inquilino manifieste, con 30 días de antelación, su voluntad de no renovar.
- Una vez cumplido el plazo mínimo, el contrato se prorroga por un máximo de tres años más (prórroga tácita), salvo que alguna de las partes manifieste su intención de no renovarlo con suficiente antelación.
La fianza y las garantías adicionales
Al firmar el contrato, es obligatorio que el inquilino entregue una fianza, que equivale a una mensualidad de la renta, que se devuelve al finalizar el contrato, siempre que la vivienda no tenga desperfectos y el inquilino esté al corriente de los pagos.
Además de la fianza, el propietario puede exigir garantías adicionales, como un aval bancario o una mensualidad extra. Sin embargo, estas no pueden exceder de dos mensualidades de la renta.
Reparaciones y conservación de la vivienda
El propietario debe encargarse de las reparaciones necesarias para que la vivienda sea habitable (ej. arreglar una caldera, reparar goteras en el techo). No puede subir la renta por estas reparaciones.
El inquilino debe asumir las pequeñas reparaciones derivadas del uso diario de la vivienda (ej. cambiar una bombilla, reparar un enchufe o un grifo que gotea).
La subida de la renta
La Ley de Arrendamientos Urbanos permite actualizar la renta anualmente.
Si en el contrato no se especifica cómo se actualiza la renta, esta se mantiene igual. Desde 2022, los contratos en vigor no pueden subir la renta por encima del 2%, y para 2024, el tope es del 3%, por las medidas anticrisis del Gobierno.
Cesión y subarriendo
La LAU establece que el inquilino no puede ceder el contrato ni subarrendar total o parcialmente la vivienda sin el consentimiento expreso y por escrito del propietario. Si lo hace, el propietario tiene derecho a rescindir el contrato.
Obras en la vivienda
El inquilino no puede hacer obras en la vivienda que modifiquen su configuración o la estabilidad sin el permiso escrito del propietario.
El propietario puede realizar obras de mejora si avisa al inquilino con antelación, aunque no puede subir la renta por ellas. Sin embargo, si el inquilino considera que las obras son muy molestas, tiene derecho a rescindir el contrato.
¿Problemas con tu contrato de alquiler?
El contrato de arrendamiento es la base de la convivencia pacífica entre arrendador y arrendatario, pero a veces surgen discrepancias que no se pueden resolver sin ayuda. En Daelex Estudio de Abogacía Santander, estamos a tu disposición para revisar tu contrato de alquiler, asesorarte sobre tus derechos y obligaciones, y ayudarte a resolver cualquier problema que tengas con tu arrendamiento.
No dejes tus derechos al azar.